Tiene como misión ofrecer servicios y programas de asistencia social para apoyar a individuos y familias en situaciones vulnerables.

Los servicios que se pueden encontrar son:

  • Orientación legal.
  • Orientación frente a programas estatales.
  • Orientaciones generales.

 

  • Evaluación de casos sociales.
  • Asignación y entrega de ayudas sociales.
  • Visitas Domiciliarias.
  • Realización de Informes Sociales

La atención de público se realiza de lunes a viernes de 8:45 a 14:00 horas, por demanda espontánea. 

Cada persona que solicita apoyo social debe presentar:

  • Cédula de identidad vigente
  • Cartola del registro social de hogares actualizada

En caso de cesantía:

  • Finiquito de trabajo no superior a 3 meses
  • Últimas 12 cotizaciones de AFP (en caso de no poseer finiquito)

En caso de pensionados:

  • Liquidación de pensión 
  • En caso de presentar problemas de salud:
  • Receta médica no superior a 3 meses
  • Epicrisis 
  • Licencia médica

Otros documentos:

  • Comprobante pago de arriendo
  • Contrato de arriendo
  • Certificado de alumno regular (mayores de 18 años que se encuentren cursando la educación superior y que no trabajen).
  • Liquidación de sueldo o boleta de honorarios.

La evaluación social se realiza al grupo familiar presente en la cartola del RSH, por ende para poder obtener la ayuda solicitada debe presentar documentación que acredite la situación socioeconómica del grupo familiar.


Registro Social de Hogares

El Registro Social de Hogares, ex Ficha de Protección Social, es una base de datos de información de personas y hogares, compuesto por antecedentes entregados por las familias y por las distintas instituciones del Estado, permitiendo obtener un instrumento transparente que refleja la realidad socioeconómica de los hogares del país.

Pueden realizar este registro personas mayores de 18 años, residentes de la comuna, acreditando comprobante de domicilio en la oficina de Estratificación Social, Dideco.

Pensiones

PGU (pensión garantizada universal)

  • Tener 65 años o más de edad.
  • Acreditar residencia en el territorio de la República de Chile en estos dos casos:
  • Un período no inferior a 20 años continuos o discontinuos, desde que la o el solicitante haya cumplido 20 años de edad.
  • Un lapso no inferior a cuatro años de residencia en los últimos cinco años inmediatamente anteriores a la fecha de presentación de la solicitud para acogerse al beneficio de PGU.
  • No ser imponente de Dipreca  o Capredena.
  • No integrar un grupo familiar perteneciente al 10% más rico de la población total del país.

Aporte previsional solidario de vejez (APSV)

  • Tener 65 años o más.
  • Tener residencia en Chile por 20 años (contados desde los 20 de edad).
  • No integrar al 10% más rico de la población.
  • Pertenecer al 60% más pobre de la población, determinado por el puntaje focalización previsional, que es entregado por la calificación de Registro social de hogares. 
  • No sean imponentes de la Dirección de Previsión de Carabineros de Chile (Dipreca) ni de la Caja de Previsión de la Defensa Nacional (Capredena).
  • No reciban pensiones en Capredena ni Dipreca, ya sea en calidad de titular o como beneficiario de una pensión de sobrevivencia.
  • Personas que reciban una pensión de vejez o sobrevivencia (monto bruto) menor a los montos establecidos.

Pensión básica solidaria de invalidez (PBSI)

  • Tener desde 18 y hasta menos de 65 años de edad.
  • No tener derecho a recibir pensión en ningún régimen previsional, ya sea en calidad de titular o beneficiario o beneficiaria de pensión de sobrevivencia.
  • Hayan sido declaradas con invalidez por las comisiones médicas.
  • Integren un grupo familiar perteneciente al 80% más pobre de la población, determinado por el puntaje de focalización.
  • Acrediten cinco años continuos o discontinuos de residencia en Chile en los últimos seis años inmediatamente anteriores a la fecha de presentación de la solicitud.

Aporte previsional solidario de invalidez (APSI)

  • Tener desde 18 años y hasta menos de 65 años de edad. 
  • Reciban una pensión mensual o una pensión base inferior al monto de la Pensión básica solidaria de invalidez.
  • Sean declaradas inválidas por la comisión médicas o reciban una pensión de invalidez.
  • Acrediten cinco años continuos o discontinuos de residencia en Chile en los últimos seis años inmediatamente anteriores a la fecha de presentación de la solicitud para acogerse a los beneficios.
  • No integrar un grupo familiar perteneciente al 10% más rico de la población total del país.